LEY DE SALUD MENTAL
Desde la Comisión de Salud de la Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social, expresamos nuestra preocupación por el proyecto de modificación de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657, la cual no requiere modificaciones reglamentarias, sino el presupuesto que la misma Ley contempla (10% del presupuesto de salud), para la aplicación de políticas públicas de calidad que garanticen su plena y real implementación.
En síntesis, advertimos que cualquier modificación legislativa resultará ineficaz sin un presupuesto adecuado que permita fortalecer dispositivos comunitarios e intermedios, fundamentales para abordar las crisis de manera oportuna y evitar que la internación se constituya como única respuesta.
La ley no es el problema, el problema es el financiamiento.





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